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Todo sobre los registros posteriores a tu proceso: SIRE y RUTEC.

Actualizado: 11 abr 2022


El crecimiento del flujo migratorio en Colombia [1]influye en el aumento de la prestación de servicios, vinculaciones y contratación de personal extranjero por parte de las empresas colombianas, estas actividades dan lugar a una serie de obligaciones de registro y reporte migratorio para las empresas que son de obligatorio cumplimiento (cuando aplican) y que de no ser atendidas son objeto de sanción por parte de las autoridades.


Estos reportes se realizan ante estas autoridades : Migración Colombia con el registro en el SIRE (Sistema de Información de Registro de Extranjeros) y Ministerio de Trabajo con el registro en el RUTEC (Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia); ambos reportes apuntan al control y registro de los extranjeros en Colombia relacionando su tipo y número de documento de identificación, ubicación para el registro, la actividad a desarrollar o el servicio o vinculación prestada al extranjero con su fecha de inicio y fecha de terminación y la información de la empresa o persona natural o jurídica relacionada con el extranjero; esto permite brindar mayor control a la migración y contratación de extranjeros, evitar la explotación laboral y obtener la información estadística que le permitirá al gobierno diseñar la políticas públicas y laborales más convenientes.


Estos registros se realizan en línea y todos los empleadores de personal extranjero (tanto personas naturales como jurídicas) tienen la obligación de realizarlo. Ambos aplicativos tienen una finalidad similar que es la de registrar extranjeros que ingresan a Colombia, las diferencias a tener en cuenta son las siguientes:


Plazo: El SIRE contempla un plazo de quince (15) días calendario, siguientes a la ocurrencia de la novedad, la cual es la fecha de firma del contrato (vinculación) o desvinculación del extranjero (terminación del contrato). El RUTEC por su parte tiene dos términos: ciento veinte (120) días desde la firma del contrato y otro de treinta (30) para su finalización; ambos contados en días calendario.


¿Quiénes se deben registrar en el SIRE y en RUTEC? Esta es la diferencia más importante entre estos dos registros, en el SIRE se deben registrar todos los extranjeros que sean Vinculados o Contratados para realizar actividades en Colombia que generen algún beneficio, para recibir o prestar servicios profesionales, académicos, religiosos, de espectáculos artísticos, culturales, deportivos, entre otros. Por otro lado, el RUTEC sólo tiene los datos de los extranjeros que son vinculados por medio de un contrato de trabajo (en cualquiera de sus modalidades), o por un contrato de prestación de servicios, para el caso de los trabajadores independientes.


Certificación del registro: Al final de cada registro el sistema les permitirá descargar una copia de este. El SIRE genera un informe detallando la totalidad de información ingresada en el sistema, por su parte el RUTEC emite certificados de dicho registro relacionando la información principal del empleado extranjero.


Sanciones: Por no realizar los registros o no realizarlos en los tiempos de ley se han establecido diferentes tipos de sanciones. El SIRE establece multas que ascienden a los quince (15) salarios mínimos mensuales legales vigentes teniendo en cuenta que estos serán graduados según la gravedad de la infracción. Los detalles de estas sanciones están en la Resolución 714 del 12 de junio del 2015 [2]de Migración Colombia. Por su parte el RUTEC si bien no tiene establecido un marco de sanciones específicas por incumplimiento de sus reportes, se puede entender por interpretación que le convergen las sanciones indicadas en el Código Sustantivo del Trabajo y que por tal, tiene sanciones hasta los cinco mil (5.000) Salarios Mínimos según la gravedad de la infracción[3].


Podemos concluir que son plataformas independientes y que son una obligación a revisar siempre por parte de los empleadores que contratan personal extranjero y que dichos registros constituyen un insumo importante para la construcción de política pública en materia migratoria. Si tienes dudas adicionales sobre este tema, sobre cómo realizar los registros de tus empleados en estas plataformas da click aquí o puedes contactar a LARM Colombia a través del correo marketing@larmgroup.com para brindarte una asesoría especializada en el tema.


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Fuentes:




Palabras clave:

Registros, SIRE, RUTEC, Normatividad, Beneficios, Experiencias, Nacionalidad Colombiana, Apoyo, Acompañamiento, Relocalización, LARM.



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