Colombia se ha convertido no solo en un destino turístico sino también en un país de interés para muchos extranjeros que desean migrar e iniciar una nueva vida. En este proceso de reubicación a nuestro país es normal que las familias inicien o continúen creciendo, pero algunas preguntas importantes llegan a los hogares de estos extranjeros cuando tiene hijos en territorio colombiano: ¿Qué pasa con mi hijo/a? ¿Se vuelve colombiano/a automáticamente? ¿Pierde su nacionalidad actual? ¿Tendrá doble nacional?
En el apartado de hoy te ayudamos a resolver todas estas inquietudes. Comencemos:
Lo primero que se debe tener en cuenta es que, la nacionalidad colombiana no se obtiene directamente por nacer en territorio colombiano en el caso de los extranjeros. Para que al recién nacido se le considere colombiano, debe cumplir 2 de las siguientes condiciones:
1. Que alguno de los padres sea colombiano.
2. Que los padres tengan la intención de domiciliarse en Colombia.
3. Haber nacido en territorio colombiano.
De acuerdo con lo anterior, las opciones 1 y 2 son claras, pero para el segundo requisito ¿Cómo demuestra un extranjero la intención de domicilio en Colombia? Esta intención se demuestra a través del tipo de visa que tienen los padres al momento del nacimiento, por ejemplo, si el/la niño/a nace en Colombia y sus padres tiene una visa de turismo, con esta visa no se demuestra la intención de vivir en Colombia. Por el contrario, si los padres cuentan con una visa de trabajo, Mercosur o residente, por ejemplo, estos tipos de visados si demuestran la intención de permanecer en Colombia y establecer su domicilio en el país, por lo que en el registro de nacimiento se le dejará una anotación que reza así “Válido para demostrar nacionalidad” y con ella los padres podrán registrar al/la niño/a como colombiano/a.
Ahora bien, es muy importante tener en cuenta que, si se cumplen los requisitos para registrar al hijo/a como colombiano/a se valide primero con el consulado del país de origen si no habrá ningún problema con la doble nacionalidad del infante pues, existen algunos países que, no permiten más de una nacionalidad, por lo que es recomendable siempre validar la reglamentación al respecto antes de tomar cualquier decisión.
Finalmente, si los padres deciden no registrarlo/a como colombiano/a, aun cuando cumple las condiciones, el proceso a seguir es obtener una visa para el infante que usualmente suele ser de tipo beneficiario de la visa de algunos de los padres.
Esperamos que este articulo te haya ayudado a aclarar tus inquietudes frente a la nacionalidad de tu hijo/a. Si requieres más información puedes escribirnos a Marketing@larmgroup.com o dando click aquí.
¡LARM, tu hogar en todo lugar!
Palabras clave:
Extranjero, Nacionalidad, Nacimiento, Adopción, Visas, Nueva Resolución, Normatividad, Colombia, Apoyo, Acompañamiento, Aliados , Colombia, Proceso, Movilidad Global, Diversidad, Proyecciones, 2023, proceso, trámite, Asesoría, Nacionalidad Colombiana, Apoyo, Acompañamiento, Relocalización, LARM.
Puedes encontrar más artículos como este dando click aquí .
Este artículo es propiedad intelectual de LARM Colombia SAS. Queda prohibido reproducir parcial o totalmente el contenido de esta entrada.
Comments