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Todo lo relacionado con el pago de prima para tu empleada doméstica.


En Colombia, cuando se es empleado, se cuenta en los meses de junio y diciembre con un ingreso adicional pagado por el empleador, al que se le conoce como Prima de Servicios. Esta prima es una prestación social, un reconocimiento económico legal adicional al salario al que tiene derecho el trabajador y su pago es de carácter obligatorio.


La prima corresponde al pago de quince (15) días de trabajo, por cada semestre laborado y como se dijo anteriormente, se paga dos veces al año. El primer periodo del año va desde el primero (1) de enero hasta el treinta (30) de junio y el pago que que corresponde a una quincena adicional se hace el treinta (30) de junio y el segundo periodo del año va desde el primero (1) de julio y el treinta y uno (31) de diciembre y el pago que corresponde a la otra quincena adicional se debe hacer en los primeros veinte días del mes de diciembre.


Si el empleado no trabajó el semestre completo, igual se debe hacer el pago de prima de servicios y este se calcula de manera proporcional al tiempo que trabajó durante el semestre. Un ejemplo de situación descrita es el caso del servicio doméstico, pues muchas veces quienes desempeñan esta labor van solamente unos días a nuestras casas, sin embargo esto no quiere decir que no tenga derecho a su prima de servicio.


Las siguientes son las maneras de hacer los cálculos:



· Por semestre laborado:

Salario* x 180 días

360 días


· Proporcional al tiempo laborado:


Salario* x Número de días laborados

360 días



*Es importante tener en cuenta que en el salario va incluido el subsidio de transporte.


No se debe olvidar nunca este beneficio de la prima de servicios, pues al hacerlo se está incurriendo en el incumplimiento de la Ley colombiana y se deja de apoyar al trabajador con este dinero extra, que en la mayoría de los casos, sirve para apoyar enormemente en la economía de los hogares.


En LARM Colombia tenemos un equipo experto en temas de servicio doméstico listo para guiarte y asesorarte. Contáctanos aquí para recibir más información relacionada con este servicio.



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Palabras clave:

Empleada doméstica, prima, ley, pagos, beneficios, LARM.



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